Resolución Nº 620/98 - Reglamenta la exportación de productos y subproductos de la Fauna Silvestre con fines científicos. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del 18 de agosto de 1998. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Fauna silvestre Investigación Comercio internacional Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Toda persona o institución extranjera, pública o privada, que solicite permiso para realizar colección y exportación de ejemplares vivos, muertos o muestras de especies silvestres con fines científicos, deben cumplir con los requisitos exigidos por la presente Resolución. En caso de que entre los resultados de las investigaciones se encuentre una nueva especie para la ciencia, el "ejemplar tipo" deberá ser depositado en una colección argentina dentro de los ciento veinte días a partir de que su descripción sea publicada en los medios científicos. Texto completo Español Página web www.medioambiente.gov.ar