Resolución Nº 6 - NTE INEN 2 316 sobre requisitos para estaciones de servicio que suministran gas licuado de petróleo (GLP) a vehículos automotores. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 351, 3 de junio de 2008. Materia Energía Palabra clave Gas natural Transporte/depósito Normas sobre calidad ambiental Normas Protección del medio ambiente Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo oficializa con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 316 (Vehículos automotores. Funcionamiento de vehículos con GLP. Estaciones de servicio para suministro de GLP. Requisitos), que establece los requisitos mínimos que deben cumplir las estaciones fijas, diseñadas y construidas para suministro de GLP como combustible automotor. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec