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Resolución Nº 59-2018 ─ Disposición Administrativa que establece el funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (FONADEFO).

País/Territorio
Nicaragua
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 73, 12 de abril de 2019.
Materia
Bosques
Palabra clave
Institución Fondo especial Uso sostenible Ordenación forestal/conservación de montes Corte y extracción/explotación forestal Subvención/incentivo Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Resolución tiene por objeto regular las actividades técnicas, administrativas y legales para asegurar la administración de los recursos monetarios nacionales o internacionales para financiar proyectos forestales que contribuyan a la conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal a fin de incrementar el desarrollo económico nacional y la conservación de los recursos forestales, a través del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (FONADEFO), estructura orgánica, administrativa y adscrita al Instituto Nacional Forestal (INAFOR), el cual tendrá acceso a los recursos financieros de la institución según distribución establecida en el artículo 49 de la Ley Nº 947.

Texto completo
Español
Página web
www.asamblea.gob.ni

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 947 - Modifica la Ley Nº 462, Ley de conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal, y la Ley Nº 862, que crea el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria.

Legislación | Nicaragua | 2017

Palabra clave: Institución, Ordenación forestal/conservación de montes, Medidas de protección forestal, Pueblos indígenas, Sanidad animal, Protección vegetal

Fuente: FAO, FAOLEX