Resolución Nº 56 - Requisitos fitosanitarios para la importación de fruta fresca de Chirimoya procedente del Perú. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 476, 23 de junio de 2011. Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Higiene/procedimientos sanitarios Frutas/nueces comestibles Comercio internacional Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Protección vegetal Plagas/enfermedades Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos fitosanitarios para la importación de fruta fresca de Chirimoya (Annona cherimola) para consumo procedente del Perú, acompañada de una declaración adicional que declare que se encuentra libre de Bephratelloides cubensis, Bephrata maculicollis, Oenomaus ortygnus, Pseudococcus longispinus y Cydia sp. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 109 - Deroga la Resolución Nº 56, sobre requisitos fitosanitarios para la importación de fruta fresca de Chirimoya procedente del Perú. Legislación | Ecuador | 2017 Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Frutas/nueces comestibles, Comercio internacional, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Protección vegetal, Plagas/enfermedades Fuente: FAO, FAOLEX