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Resolución Nº 5.338 - Establece medida sanitaria de destrucción de órganos de rumiantes que indica.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2005 (2010)
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 38.284, 12 de octubre de 2005.
Materia
Ganado, Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Carne Bovinos Ovinos/caprinos Sanidad animal Plagas/enfermedades
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución introduce la medida sanitaria de destrucción de órganos considerados materiales especificados de riesgo, esto es portadores del PRION causante de las encefalopatías espongiformes trasmisibles. Dichos órganos están constituidos por el cerebro, cerebelo, ojos, amígdalas, médula espinal y bazo de rumiantes mayores de 30 meses. El artículo 4º especifica las medidas que deberán adoptar los establecimientos faenadores de carnes con respecto a dichos órganos.

Texto completo
Español
Página web
www.leychile.pdf

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Resolución Nº 5.992 - Modifica Resolución Nº 5.338 de 2005, que establece medida sanitaria de destrucción de órganos de rumiantes que indica.

Legislación | Chile | 2010

Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Carne, Bovinos, Ovinos/caprinos, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Higiene/procedimientos sanitarios

Fuente: FAO, FAOLEX