Resolución Nº 5.338 - Establece medida sanitaria de destrucción de órganos de rumiantes que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2005 (2010) Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.284, 12 de octubre de 2005. Materia Ganado, Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Carne Bovinos Ovinos/caprinos Sanidad animal Plagas/enfermedades Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución introduce la medida sanitaria de destrucción de órganos considerados materiales especificados de riesgo, esto es portadores del PRION causante de las encefalopatías espongiformes trasmisibles. Dichos órganos están constituidos por el cerebro, cerebelo, ojos, amígdalas, médula espinal y bazo de rumiantes mayores de 30 meses. El artículo 4º especifica las medidas que deberán adoptar los establecimientos faenadores de carnes con respecto a dichos órganos. Texto completo Español Página web www.leychile.pdf Referencias - Legislación Enmendado porr Resolución Nº 5.992 - Modifica Resolución Nº 5.338 de 2005, que establece medida sanitaria de destrucción de órganos de rumiantes que indica. Legislación | Chile | 2010 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Carne, Bovinos, Ovinos/caprinos, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Higiene/procedimientos sanitarios Fuente: FAO, FAOLEX