Resolución Nº 5/2013 - Establécese un área de veda precautoria de otoño para determinada especie en la Zona Común de Pesca. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la República Argentina Nº 32.669, 28 de junio de 2013, pág. 13. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Zona de pesca Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen En virtud de esta Resolución la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo establece un área de veda precautoria de invierno para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca cuyas coordenadas geográficas indica. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar