Resolución Nº 5/2008 - Establécese un área de veda de primavera para la especie merluza en la Zona Común de Pesca. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Manejo y conservación pesquera Zona de pesca Peces marinos Volumen admisible de captura Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Con el fin de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi), mediante la presente Resolución queda establecida un área de veda de primavera para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre los puntos geográficos que se detallan en el artículo 1º. Dicha veda regirá del 6 de octubre al 31 de diciembre del año 2008. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar