Resolución Nº 512/04 - Comercialización de productos y subproductos agrícolas nacionales no cultivados tradicionalmente. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 30.457, 5 de agosto de 2004. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Productos agrícolas Comercio interior Residuos Normas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución establece que los productos y subproductos agrícolas nacionales no cultivados tradicionalmente, para los cuales no exista una tolerancia nacional expresa del principio activo, podrán comercializarse únicamente si el Codex Alimentarius contempla una tolerancia para el residuo de que se trate, y la evaluación de riesgo al consumidor no indique riesgos considerados inaceptables. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar