Resolución Nº 5-OAL ─ Normas fitosanitarias, de salubridad y ambientales para la aplicación de plaguicidas. País/Territorio Panamá Tipo de documento Reglamento Fecha 2018 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 28.454, 29 de enero de 2018. Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Plaguicidas Comercio interior Envasado/etiquetado Transporte/depósito Toxicidad/envenenamiento Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen El presente Resuelto establece las responsabilidades de obligatorio cumplimiento para dar cumplimiento a las normas y medidas fitosanitarias, de salubridad y ambientales para la aplicación de plaguicidas, que serán aplicables a todas las personas naturales y jurídicas que los produzcan, comercialicen o usen en las áreas agrícolas y pecuarias. Tales medidas incluyen: 1) Capacitación en el procedimiento del triple lavado u otra técnica autorizada, perforado y manejo de los envases plásticos vacíos de plaguicidas, en la finca o predio, apoyando la divulgación y capacitación de esta actividad; 2) Adquisición de los plaguicidas debidamente registrados, en comercios, locales de expendio o distribuidoras autorizados; 3) Actuación de las medidas de seguridad durante el manejo de los envases vacíos de plaguicidas utilizando Equipos de Protección Personal (EPP); 4) Descontaminación del envase de plaguicida en la finca, una vez vaciado, ya sea con la técnica del triple lavado (cuando aplique), perforado u otra técnica aprobada por el MINSA. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.gob.pa Referencias - Legislación Implementa Resuelto Nº 42 - Requisitos y principios mínimos para la aplicación de plaguicidas por vía terrestre. Legislación | Panamá | 2011 Palabra clave: Protección vegetal, Plaguicidas, Comercio interior, Envasado/etiquetado, Transporte/depósito, Toxicidad/envenenamiento, Seguridad de la biotecnología, Bioseguridad, Registro Fuente: FAO, FAOLEX