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Resolución Nº 5-OAL ─ Normas fitosanitarias, de salubridad y ambientales para la aplicación de plaguicidas.

País/Territorio
Panamá
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 28.454, 29 de enero de 2018.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Protección vegetal Plaguicidas Comercio interior Envasado/etiquetado Transporte/depósito Toxicidad/envenenamiento
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Resuelto establece las responsabilidades de obligatorio cumplimiento para dar cumplimiento a las normas y medidas fitosanitarias, de salubridad y ambientales para la aplicación de plaguicidas, que serán aplicables a todas las personas naturales y jurídicas que los produzcan, comercialicen o usen en las áreas agrícolas y pecuarias. Tales medidas incluyen: 1) Capacitación en el procedimiento del triple lavado u otra técnica autorizada, perforado y manejo de los envases plásticos vacíos de plaguicidas, en la finca o predio, apoyando la divulgación y capacitación de esta actividad; 2) Adquisición de los plaguicidas debidamente registrados, en comercios, locales de expendio o distribuidoras autorizados; 3) Actuación de las medidas de seguridad durante el manejo de los envases vacíos de plaguicidas utilizando Equipos de Protección Personal (EPP); 4) Descontaminación del envase de plaguicida en la finca, una vez vaciado, ya sea con la técnica del triple lavado (cuando aplique), perforado u otra técnica aprobada por el MINSA.

Texto completo
Español
Página web
www.gacetaoficial.gob.pa

Referencias - Legislación

Implementa

Resuelto Nº 42 - Requisitos y principios mínimos para la aplicación de plaguicidas por vía terrestre.

Legislación | Panamá | 2011

Palabra clave: Protección vegetal, Plaguicidas, Comercio interior, Envasado/etiquetado, Transporte/depósito, Toxicidad/envenenamiento, Seguridad de la biotecnología, Bioseguridad, Registro

Fuente: FAO, FAOLEX