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Resolución Nº 5-2014 ─ Establece las funciones para delegados distritales, municipales, inspectores forestales y supervisores de puestos de control del Instituto Nacional Forestal (INAFOR).

País/Territorio
Nicaragua
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2014
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Bosques
Palabra clave
Ordenación forestal/conservación de montes Corte y extracción/explotación forestal Autorización/permiso Inventarios Rastreabilidad/rastreo de productos Transporte/depósito Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Inspección Comercio interior
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Resolución establece las funciones para delegados distritales, municipales, inspectores forestales y supervisores de puestos de control del Instituto Nacional Forestal (INAFOR). A los inspectores forestales del INAFOR, corresponden las funciones siguientes: 1) Asumir interinamente las funciones de la Delegada o Delegado Municipal en su ausencia, con nombramiento y comunicación previa; 2) Realizar inspecciones técnicas a las diferentes actividades forestales que lo requieran; 3) Garantizar el cumplimiento de requisitos establecidos para el transporte, transformación y comercialización de productos forestales; 4) Participar en capacitaciones convocadas por la institución sobre temas relacionados con el levantamiento de inventarios forestales, elaboración y monitoreo de planes de manejo, legislación forestal, entre otras; 5) Realizar inspecciones en el campo y en industrias por denuncias o de oficio, con el fin de verificar la legalidad de los aprovechamientos y el seguimiento a los planes de manejo forestal; 6) Apoyar al Delegado Municipal en las visitas a los planteles de las industrias aserradoras y solicitar información técnica y productiva, con el fin de verificar los expedientes de control sobre el ingreso y egreso de recursos forestales, debiendo sellar los libros correspondientes al momento de la visita; 7) Brindar asistencia técnica a personas naturales y jurídicas sobre la emisión de permisos de operación de industrias, aprovechamiento, transporte, transformación, almacenamiento y comercialización de productos forestales; 8) Realizar actividades técnicas relacionadas con la apertura de procesos administrativos en contra personas jurídicas y naturales infractores de la legislación forestal, para garantizar información veraz y oportuna requerida para la emisión de resoluciones administrativas; 9) Atender casos de aprovechamiento ilegal de los recursos forestales, inventariar la madera encontrada y elaborar informe técnico sobre el número de cortes, especie, identificación del infractor y ubicación geográfica del sitio; 10) Presentar informe sobre inspecciones realizadas y reflejar las inconsistencias, en caso de que existan, relacionadas con la madera en rollo y aserrada, guías de soportes y especies encontradas.

Texto completo
Español
Página web
www.inafor.gob.ni