Resolución Nº 49/2011 - Autorízase como práctica enológica lícita la adición de Dimetil Dicarbonato (DMDC) al vino. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 32.289, 2 de diciembre de 2011. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Viticultura/prácticas enológicas Normas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución autoriza como práctica enológica lícita la adición de Dimetil Dicarbonato (DMDC) al vino a fin de: a) asegurar la estabilidad microbiológica del vino embotellado que contenga azúcares fermentescibles; b) prevenir el desarrollo de levaduras y bacterias indeseables; c) bloquear la fermentación de los vinos dulces, semidulces y semisecos. El DMDC que se utilice en esta práctica debe responder a las especificaciones del Codex Enológico Internacional. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº C.35/2009 - Autoriza práctica enológica lícita. Legislación | Argentina | 2009 Palabra clave: Viticultura/prácticas enológicas Fuente: FAO, FAOLEX