Resolución Nº 483-2019-PRODUCE ─ Inicio de la segunda temporada de pesca de anchoveta correspondiente al 2020, en la región norte-centro. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 8 de noviembre de 2020. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Zona de pesca Asignación/cuota Volumen admisible de captura Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución autoriza el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00'LS a partir del 12 de noviembre de 2020, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte-Centro) autorizado para dicha temporada, o en su defecto, cuando lo recomiende el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) por circunstancias ambientales o biológicas. Se establece el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte- Centro) del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la Segunda Temporada de Pesca 2019 de la Zona Norte-Centro, en dos millones setecientas ochenta mil (2 780 000) toneladas. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe