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Resolución Nº 483-2019-PRODUCE ─ Inicio de la segunda temporada de pesca de anchoveta correspondiente al 2020, en la región norte-centro.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 8 de noviembre de 2020.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Temporadas Zona de pesca Asignación/cuota Volumen admisible de captura Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución autoriza el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00'LS a partir del 12 de noviembre de 2020, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte-Centro) autorizado para dicha temporada, o en su defecto, cuando lo recomiende el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) por circunstancias ambientales o biológicas. Se establece el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte- Centro) del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la Segunda Temporada de Pesca 2019 de la Zona Norte-Centro, en dos millones setecientas ochenta mil (2 780 000) toneladas.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe