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Resolución Nº 482-2018-PRODUCE ─ Establece a las lagunas Saracocha y Ululunasa como zonas de reserva pesquera para la protección del germoplasma íctico, áreas de reproducción, larvaje y alevinaje de las especies ícticas nativas de la cuenca del Lago Titicaca.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 1º de noviembre de 2018.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca continental Peces de agua dulce Temporadas Zona de pesca Manejo y conservación pesquera Recursos genéticos Reproducción animal
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece a las lagunas Saracocha y Ululunasa (Alonso) del departamento de Puno como zonas de reserva pesquera para la protección del germoplasma íctico, áreas de reproducción, larvaje y alevinaje de las especies ícticas nativas de la cuenca del Lago Titicaca; quedando por lo tanto prohibida toda actividad pesquera y acuícola que involucre las especies pejerrey argentino (Odontesthes bonariensis), trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss) u otras especies, como: boga (Orestias pentlandii), carachi amarillo (Orestias luteus), carachi gris (Orestias agassii) e hibrido (O. pentlandii, O. aff.agassii).

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe