Resolución Nº 468 exenta - Aplica medidas fitosanitarias en lugares que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Plagas/enfermedades Verduras/legumbres Plaguicidas Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen En el marco de lo establecido por la Resolución Nº 1.577 sobre control obligatorio de la plaga Chinche Pintada Bagrada Hilaris, la presente Resolución indica las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse en las comunas, regiones y lugares que se indican. Estas medidas fitosanitarias incluyen la aplicación de plaguicidas autorizados en los predios donde existan cultivos afectados por la plaga, y la eliminación de maleza hospedante de la plaga, de residuos de cultivos y el uso de plantines sanos en todo tipo de predios. Texto completo Español Página web bcn.cl Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 1.577 Exenta – Establece control obligatorio de la plaga Chinche Pintada Bagrada Hilaris (Burmeister, 1835) (Hemiptera: Pentatomidae). Legislación | Chile | 2017 Palabra clave: Protección vegetal, Plagas/enfermedades, Verduras/legumbres, Cuarentena Fuente: FAO, FAOLEX