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Resolución Nº 468 exenta - Aplica medidas fitosanitarias en lugares que indica.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Cultivos
Palabra clave
Protección vegetal Plagas/enfermedades Verduras/legumbres Plaguicidas
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

En el marco de lo establecido por la Resolución Nº 1.577 sobre control obligatorio de la plaga Chinche Pintada Bagrada Hilaris, la presente Resolución indica las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse en las comunas, regiones y lugares que se indican. Estas medidas fitosanitarias incluyen la aplicación de plaguicidas autorizados en los predios donde existan cultivos afectados por la plaga, y la eliminación de maleza hospedante de la plaga, de residuos de cultivos y el uso de plantines sanos en todo tipo de predios.

Texto completo
Español
Página web
bcn.cl

Referencias - Legislación

Implementa

Resolución Nº 1.577 Exenta – Establece control obligatorio de la plaga Chinche Pintada Bagrada Hilaris (Burmeister, 1835) (Hemiptera: Pentatomidae).

Legislación | Chile | 2017

Palabra clave: Protección vegetal, Plagas/enfermedades, Verduras/legumbres, Cuarentena

Fuente: FAO, FAOLEX