Resolución Nº 446-2017-PRODUCE ─ Modifica la Resolución Nº 329-2017-PRODUCE, sobre medidas de conservación a ser aplicadas en la pesquería del atún. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 27 de septiembre de 2017. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Embarcación de pesca Desembarco Volumen admisible de captura Manejo y conservación pesquera Zona de pesca Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución modifica la que establece medidas de conservación a ser aplicadas en la pesquería del atún en observancia a las Resoluciones de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), en el sentido de prohibir la extracción de las especies objeto del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del atún, efectuada por embarcaciones de cerco de clase 4 a 6 de capacidad de la CIAT (mayores de 182 toneladas de capacidad de acarreo) que enarbolan el pabellón peruano, en el Océano Pacífico Oriental (OPO) en los períodos que indica. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 329-2017-PRODUCE ─ Medidas de conservación a ser aplicadas en la pesquería del atún. Legislación | Perú | 2017 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Embarcación de pesca, Desembarco, Volumen admisible de captura, Manejo y conservación pesquera, Zona de pesca, Peces cartilaginosos Fuente: FAO, FAOLEX