Resolución Nº 444/2012 - Establécese un cupo anual de exportación de cueros curtidos terminados para una especie. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 32.360, 19 de marzo de 2012, pág. 7. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Productos silvestres Fauna silvestre Comercio internacional Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución introduce ciertas condiciones para la exportación de cueros curtidos terminados para la especie nutria (Myocastor coypus). En particular establece un cupo anual para el período 2012-2014, el cual asciende a 2.500.000. Asimismo requiere la inscripción en la Dirección de Fauna Silvestre a los efectos de las actividades de exportación. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar