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Resolución Nº 441-2015-PRODUCE ─ Prohíbe la extracción de la especie Mantarraya gigante con cualquier arte o aparejo de pesca en aguas marinas de la jurisdicción peruana.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2015
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 1º de enero de 2016.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces cartilaginosos Temporadas Comercio interior Capturas incidentales Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución prohíbe la extracción de la especie Mantarraya gigante (Manta birostris) con cualquier arte o aparejo de pesca y/o cualquier otro instrumento, en aguas marinas de la jurisdicción peruana, a partir del 2 de enero de 2016, cuya vigencia será hasta que el Instituto del Mar del Perú así lo recomiende. Se prohíbe el desembarque, transporte, retención, transformación y/o comercialización de la especie Mantarraya gigante, y en el caso de haberse producido una captura incidental de la especie esta debe ser devuelta a su hábitat natural de forma inmediata, sin dañar al ejemplar, y en consecuencia no podrá ser objeto de comercialización ni de consumo humano.

Texto completo
Español
Página web
www.minjus.gob.pe