Resolución Nº 438-2015-PRODUCE ─ Régimen provisional de extracción del recurso anguila y cuota de captura total permisible anual para el año 2016. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 3 de enero de 2016. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Asignación/cuota Talla Desembarco Zona de pesca Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece el Régimen Provisional de Extracción del Recurso Anguila (Ophichthus remiger) y la cuota de captura total permisible anual de 5 500 toneladas para el año 2016, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva y de procesamiento del recurso aplicable en el periodo comprendido entre el 4 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016, en todo el ámbito del dominio marítimo peruano. Las embarcaciones que participen en el Régimen Provisional de Extracción para realizar actividad extractiva deberán llevar a bordo a un Técnico Científico de Investigación (TCI) del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) cuando esta institución lo requiera. Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe