Resolución Nº 427 - Lista de alérgenos alimentarios que deben rotularse, conforme al artículo 107, letra h del Reglamento sanitario de los alimentos. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la República de Chile, 3 de julio de 2010. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Envasado/etiquetado Leche/productos lácteos Crustáceos Productos pesqueros Productos agrícolas Frutas/nueces comestibles Productos de aves caseras Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución especifica los alérgenos alimentarios, y sus derivados, que deben ser rotulados de acuerdo a lo establecido en la letra h) del artículo 107 del Reglamento Sanitario de los Alimentos. La lista contempla los siguientes : cereales que contienen gluten ; crustáceos y sus productos ; huevos y sus productos ; pescados y productos pesqueros ; maní, soya y sus productos ; leche y productos lácteos (incluida lactosa) ; nueces y productos derivados ; sulfito en concentraciones de 10 mg/Kg. o más. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 977 - Reglamento Sanitario de los Alimentos. Legislación | Chile | 1996 (2022) Palabra clave: Normas, Higiene/procedimientos sanitarios, Carne, Leche/productos lácteos, Inspección, Procesamiento/manipulación, Productos pesqueros, Envasado/etiquetado, Agua potable, Aditivos alimentarios, Límite máximo de residuos, Nutrición, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Productos de aves caseras, Radiación, Regímenes dietéticos especiales, Bebidas, Condimentos/hierbas/especias, Crustáceos, Medicamentos, Plaguicidas, Agua mineral, Alimentos tratados, Aceites/semillas oleaginosas/grasas, Azúcar, Apicultura/sericultura, Sanidad animal, Producción animal Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Resolución Nº 817 - Complementa Resolución Nº 427 de 2010, que define lista de alérgenos alimentarios que deben rotularse, conforme al artículo 107, letra h del Reglamento sanitario de los alimentos. Legislación | Chile | 2012 Palabra clave: Envasado/etiquetado, Aceites/semillas oleaginosas/grasas, Procesamiento/manipulación Fuente: FAO, FAOLEX