Resolución Nº 42/07 - Requisitos zoosanitarios para la importación de embriones equinos destinados a los Estados Partes. País/Territorio Tipo de documento Legislación Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Equino Comercio internacional Sanidad animal Certificación Resumen La presente Resolución tiene por objeto los requisitos zoosanitarios que deben cumplimentarse para importar embriones equinos a los países miembros del MERCOSUR. Las condiciones contemplan el acompañamiento de los embriones por un certificado veterinario oficial y la aprobación del centro de producción de embriones correspondiente. Texto completo Español Página web www.mercosur.org.uy Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 574/008 - Adóptanse los requisitos zoosanitarios, para la importación de embriones equinos destinados a los Estados Partes del MERCOSUR, aprobados por la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 42/2007. Legislación | Uruguay | 2008 Palabra clave: Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Equino, Comercio internacional, Reproducción animal, Transporte/depósito Fuente: FAO, FAOLEX