Resolución Nº 408/03 - Desembarque de capturas de los buques pesqueros. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 30.152, 19 de mayo de 2003. Materia Pesca Palabra clave Desembarco Productos pesqueros Inspección Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen A efectos de lograr un estricto y eficaz control de las capturas obtenidas por todos los buques pesqueros, la presente Resolución dispone que la descarga de las mismas se realice en forma clasificada por especie o producto, no debiendo a su vez mezclarse las cajas o equivalentes cuando se trate de especies o productos distintos. En particular, todos los buques deberán desembarcar sus capturas en forma clasificada de modo tal que las cajas, cajones o equivalentes no contengan más de una especie o producto en forma simultánea. En caso de que se desembarquen productos congelados, las cajas o equivalentes deberán estar debidamente rotuladas, indicando el nombre de la especie y, cuando correspondiere, el tipo de producto que contiene. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar