Resolución Nº 3.816 - Requisitos de ingreso para especies de semillas hortícolas, chacras, aromáticas y medicinales. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Plagas/enfermedades Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Materiales de propagación/semillas Verduras/legumbres Producción vegetal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución autoriza la importación de ciertas especies de semillas hortícolas, chacras, aromáticas y medicinales, siempre y cuando ingresen al país amparadas por un certificado fitosanitario oficial del país de origen y cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Quedan eliminados de la Resolución Nº 3.106 del 2000 los géneros y especies objeto de la presente Resolución. Texto completo Español Página web www.sag.gob.cl Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 3.106 - Requisitos para internación de semillas de especies hortícolas, aromáticas y medicinales. Legislación | Chile | 2000 Palabra clave: Protección vegetal, Higiene/procedimientos sanitarios, Materiales de propagación/semillas, Verduras/legumbres, Plagas/enfermedades, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX