Resolución Nº 38 - Veda para la pesca de atunes por naves venezolanas en el Océano Pacífico oriental (OPO) para el año 2014. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 40.431, 11 de junio de 2014. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Aparejos de pesca/métodos de pesca Temporadas Zona de pesca Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Resumen La presente Resolución establece veda para la pesca de atunes aplicable para el año 2014 a todos los buques de cerco de palangre de más de 24 metros de eslora de bandera nacional que operan en el Océano Pacífico oriental (OPO), que deberán dejar de pescar en uno de los dos períodos que en ella se especifican, los atunes aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo (Thunnus obesus) y barrilete (Katsuwonus pelamos). Texto completo Español Página web www.tsj.gov.ve Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº 99 - Veda para la pesca de atunes por naves venezolanas en el Océano Pacífico oriental (OPO) para el año 2013. Legislación | Venezuela, Rep. Boliv. de | 2013 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Temporadas, Zona de pesca, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX