Resolución Nº 379 – Establece requisitos para la comercialización de semillas corrientes. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1991 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos Palabra clave Materiales de propagación/semillas Comercio interior Envasado/etiquetado Normas Malezas Producción vegetal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos mínimos de pureza y germinación con que deberán cumplir las semillas corrientes de las especies que se mencionan. En la etiquetas deberán indicarse los porcentajes de germinación y pureza. Por otro lado, la tolerancia de malezas en las semillas que se comercialicen se regirá por la tabla contenida en el artículo 5º. Texto completo Español