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Resolución Nº 379 – Establece requisitos para la comercialización de semillas corrientes.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1991
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Cultivos
Palabra clave
Materiales de propagación/semillas Comercio interior Envasado/etiquetado Normas Malezas Producción vegetal
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece los requisitos mínimos de pureza y germinación con que deberán cumplir las semillas corrientes de las especies que se mencionan. En la etiquetas deberán indicarse los porcentajes de germinación y pureza. Por otro lado, la tolerancia de malezas en las semillas que se comercialicen se regirá por la tabla contenida en el artículo 5º.

Texto completo
Español