Resolución Nº 367/98 - Reglamenta distintos aspectos sobre la puesta en funcionamiento del Sistema de Monitoreo Satelital (MONPESAT). País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 29.058, 7 de enero de 1999. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Embarcación de pesca Equipos Recopilación de datos/informes Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La Resolución dispone que quedan sujetos a la presente normativa todos los buques pesqueros que cuenten a bordo con el equipo del Sistema de Monitoreo Satelital (MONPESAT), así como aquellos respecto de los cuales se determine su instalación en el futuro. El equipo MONPESAT instalado a bordo del buque deberá permanecer encendido, excepto durante las estadías en puerto de la embarcación. A tal efecto, deberá encenderse antes de la salida de puerto y apagarse con posterioridad a la entrada a puerto de acuerdo a lo indicado en el Anexo. Texto completo Español