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Resolución Nº 360/2010 - Mantiénese el estado de Alerta Sanitario a fin de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2010
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 31.919, 8 de junio de 2010.
Materia
Ganado
Palabra clave
Equino Sanidad animal Plagas/enfermedades Inspección
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Resolución dispone mantener el estado de alerta sanitaria en todo el territorio nacional, tal cual establecido por la Resolución Nº 265 de 2010, como así también continuar con las actividades de Vigilancia Epidemiológica necesarias para el control de la enfermedad. El anexo adjunto tiene por objeto las recomendaciones para el monitoreo serológico del virus de la arteritis equina.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar

Referencias - Legislación

Implementa

Resolución Nº 265/2010 - Declárase el estado de alerta sanitaria a fin de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina.

Legislación | Argentina | 2010

Palabra clave: Sanidad animal, Sistema de alerta temprana, Equino, Plagas/enfermedades

Fuente: FAO, FAOLEX