Resolución Nº 360/2010 - Mantiénese el estado de Alerta Sanitario a fin de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 31.919, 8 de junio de 2010. Materia Ganado Palabra clave Equino Sanidad animal Plagas/enfermedades Inspección Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución dispone mantener el estado de alerta sanitaria en todo el territorio nacional, tal cual establecido por la Resolución Nº 265 de 2010, como así también continuar con las actividades de Vigilancia Epidemiológica necesarias para el control de la enfermedad. El anexo adjunto tiene por objeto las recomendaciones para el monitoreo serológico del virus de la arteritis equina. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 265/2010 - Declárase el estado de alerta sanitaria a fin de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina. Legislación | Argentina | 2010 Palabra clave: Sanidad animal, Sistema de alerta temprana, Equino, Plagas/enfermedades Fuente: FAO, FAOLEX