Resolución Nº 36-2003 ─ Procedimiento Administrativo para la obtención del Permiso de Exportación para la especie maderable Swietenia macrophylla. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques Palabra clave Corte y extracción/explotación forestal Madera Comercio internacional Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Ordenación forestal/conservación de montes Comercio de especies Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Resolución tiene por objeto actualizar el Procedimiento Administrativo para la obtención del Permiso de Exportación para las especie maderable caoba (Swietenia macrophylla), especie incluida en el Apéndice II, del Convenio CITES. Se dispone que toda exportación de caoba, madera aserrada (en cualquier dimensión), lámina chapada y madera contrachapada, obligatoriamente debe contar con un Permiso CITES de exportación, y para su tramitación deberá cumplir con los requisitos siguientes: 1) Estar registrado como exportador ante la Autoridad Administrativa CITE-NI de MARENA, conforme a las disposiciones contenidas en la Convención CITES y en el Decreto Nº 8-98, Normas y Procedimientos para la exportación e importación de especies de Flora y Fauna Silvestre de Nicaragua; 2) Presentar una solicitud por escrito ante la Oficina CITES-NI de MARENA. Texto completo Español Página web www.inafor.gob.ni Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 8-98 ─ Normas y procedimientos para la exportación e importación de especies de flora y fauna silvestres de Nicaragua. Legislación | Nicaragua | 1998 Palabra clave: Flora silvestre, Comercio interior, Comercio internacional, Normas, Registro, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Protección del hábitat, Protecíon de las especies, Comercio de especies Fuente: FAO, FAOLEX