Resolución Nº 351/95 - Reglamento de oceanarios. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 1995 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Mamíferos marinos Ordenación/conservación Protección de los animales Sanidad animal Animales en cautividad Inspección Transporte/depósito Autorización/permiso Fauna silvestre Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por la presente Resolución quedan prohibidas la caza, captura o apropiación y tránsito en jurisdicción nacional de todas las especies de cetáceos y pinnípedos que figuran en el listado contenido en el anexo I, con la excepción de los casos que estén debidamente autorizados por la Autoridad de Aplicación y que se refieran a fines científicos o educativos. El anexo II establece el reglamento de oceanarios, el cual deberá aplicarse a aquellas actividades que estén vinculadas a los establecimientos que albergan mamíferos marinos, y que reglamenta las condiciones especiales relacionadas con su transporte, ingreso y egreso. Texto completo Español Página web www.medioambiente.gov.ar