Resolución Nº 350-2015-PRODUCE ─ Suspende prohibición y autoriza actividad extractiva del recurso pulpo en área que indica. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 24 de octubre de 2015. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Moluscos Talla Temporadas Comercio interior Transporte/depósito Asignación/cuota Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución suspende la prohibición y autoriza la actividad extractiva del recurso pulpo (Octopus mimus) en el área marítima contigua al litoral de los departamentos de Piura y Lambayeque, así como el transporte, la comercialización, el almacenamiento y el procesamiento del citado recurso. Establece la cuota máxima de captura permisible del recurso pulpo para el año 2015 en 223.5 toneladas. La actividad extractiva autorizada concluirá una vez alcanzada la cuota máxima de captura permisible establecida o en su defecto no podrá exceder del 31 de diciembre de 2015. Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 483-2009-PRODUCE ─ Prohíbe la extracción y comercialización del recurso pulpo en área que indica. Legislación | Perú | 2009 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Talla, Temporadas, Comercio interior, Transporte/depósito, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX