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Resolución Nº 349-2018-PRODUCE ─ Establece veda reproductiva del recurso Merluza y suspende actividades extractivas en área del dominio marítimo.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 19 de agosto de 2018.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Temporadas Zona de pesca Pesca artesanal Monitoreo Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y suspende la extracción del recurso a partir del 20 de agosto de 2018, en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 7°00’S. Se exceptúa de la prohibición a la flota artesanal autorizada para la extracción del recurso, la misma que estará sujeta al monitoreo y seguimiento de los indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros que realizara el Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Los armadores de las embarcaciones pesqueras artesanales deben brindar las facilidades y acomodación a bordo, así como durante el desembarque, cuando lo solicite el personal acreditado del IMARPE para la recopilación de información biológica pesquera durante el desarrollo de las actividades extractivas del recurso.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Resolución Nº 419-2018-PRODUCE ─ Da por finalizada veda reproductiva establecida por Resolución Nº 349-2018-PRODUCE, que establece veda reproductiva del recurso Merluza y suspende actividades extractivas en área del dominio marítimo.

Legislación | Perú | 2018

Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Temporadas, Zona de pesca, Pesca artesanal, Monitoreo, Manejo y conservación pesquera

Fuente: FAO, FAOLEX