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Resolución Nº 33-E/2017 - Apruébase el Régimen de Elaborador de Vino Artesanal.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 33.566, 14 de febrero de 2017, pág. 26.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Bebidas Viticultura/prácticas enológicas Negocios/industria/corporaciones
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Mediante esta Resolución se aprueba el régimen aplicable a los elaboradores de vino casero. Se entiende por elaborador de vino artesanal a la persona física inscripta ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) que efectúe una elaboración anual que no exceda los 12.000 litro de vino. Los productos elaborados por este tipo de inscriptos recibirán la denominación de “Vino Artesanal” y estos vinos no podrán ser edulcorados ni alcoholizados.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar