Resolución Nº 33-E/2017 - Apruébase el Régimen de Elaborador de Vino Artesanal. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 33.566, 14 de febrero de 2017, pág. 26. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Bebidas Viticultura/prácticas enológicas Negocios/industria/corporaciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Mediante esta Resolución se aprueba el régimen aplicable a los elaboradores de vino casero. Se entiende por elaborador de vino artesanal a la persona física inscripta ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) que efectúe una elaboración anual que no exceda los 12.000 litro de vino. Los productos elaborados por este tipo de inscriptos recibirán la denominación de “Vino Artesanal” y estos vinos no podrán ser edulcorados ni alcoholizados. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar