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Resolución Nº 32/012 - Determínanse los requisitos fitosanitarios para la introducción al país de fruto seco de cerezo ácido o guindo (Prunus cerasus) procedente de Brasil.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2012
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 28.811, 1º de octubre de 2013, pág. 15.
Materia
Alimentación y nutrición, Cultivos
Palabra clave
Frutas/nueces comestibles Comercio internacional Certificación Inspección Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Protección vegetal Plagas/enfermedades
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

De conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, las disposiciones de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias, la presente Resolución fija los requisitos fitosanitarios que deben cumplirse para la introducción al país de frutos secos de cerezo ácido o guindo procedentes de Brasil. En particular la mercadería debe ir acompañada por el correspondiente Certificado Fitosanitario y debe haber sido sujeta a inspección fitosanitaria.

Texto completo
Español