Resolución Nº 31.330 - Medidas para la declaración de información de la cadena de distribución de combustibles y biocombustibles. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 49.935, 15 de julio de 2016. Materia Energía, Recursos minerales Palabra clave Recopilación de datos/informes Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Gas natural Hidrocarburos Transporte/depósito Biocombustible Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución tiene por objeto establecer la información, periodicidad y forma de declaración, que los agentes de la cadena de distribución de combustibles y biocombustibles deben presentar a la Dirección de Hidrocarburos, para hacer el seguimiento a los inventarios de los productos necesarios para garantizar el abastecimiento de combustibles y biocombustibles en el país. Se aplica a los refinadores, importadores, distribuidores mayoristas y transportadores a través de poliductos, de combustibles, y a los productores e importadores de biocombustibles. Texto completo Español Página web www.imprenta.gov.co Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 1073 - Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía. Legislación | Colombia | 2015 Palabra clave: Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Conservación de energía/producción de energía, Radiación, Hidrocarburos, Transporte/depósito, Energía renovable, Gas natural, Minerales, Concesión, Exploración, Minería, Pueblos indígenas Fuente: FAO, FAOLEX