Resolución Nº 31 - Norma Técnica Sanitaria Sustitutiva para donación de alimentos procesados. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 141, 15 de diciembre de 2017. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Seguridad alimentaria Peligros Autorización/permiso Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución dispone que toda donación de alimentos procesados procedente del exterior, cualquiera que sea su destinatario en el Ecuador, deberá obtener obligatoriamente por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) la autorización respectiva, como requisito indispensable para su importación y envío al solicitante, y deberán contar con el respectivo Registro Sanitario o su equivalente, otorgado por el país de origen que garantice que dicho producto se ajusta a las normas de calidad en el país donde se elabora. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº 13 - Autorización para la importación de donaciones de alimentos procesados procedente del exterior. Legislación | Ecuador | 2016 Palabra clave: Seguridad alimentaria, Peligros, Autorización/permiso, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Fuente: FAO, FAOLEX