Resolución Nº 307/003 - Establece normas sobre producción e importación de maíz del evento de transformación MON 810. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos Palabra clave Verduras/legumbres Variedad vegetal Materiales de propagación/semillas Organismo genéticamente modificado (OGM) Biotecnología Envasado/etiquetado Producción vegetal Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución establece las condiciones bajo las cuales podrá autorizarse la producción o la importación con destino a consumo directo o a la transformación en el país de maíz de evento de transformación MON 810, resistente a larvas de Lepidópteros. La autorización se refiere además al uso, la producción, la comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados o provenientes de variedades e híbridos del mismo evento de transformación. Los requisitos que el interesado deberá cumplir incluyen la presentación de notas ante la Dirección General de Servicios Agrícolas y el etiquetado del envase de la semilla. El Instituto Nacional de Semillas deberá efectuar controles para verificar el cumplimiento de los requisitos. Texto completo Español