Resolución Nº 3 - Normativa para la obtención y el marcado del número OMI de identificación en los buques. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 861, 13 de octubre de 2016. Materia Pesca, Mar Palabra clave Embarcación de pesca Marcado/identificación Registro Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución expide la Normativa para la obtención y el marcado del número OMI (Organización Marítima Internacional) de identificación en los buques. El número de identificación podrá ser solicitado por el armador, el astillero o la sociedad de clasificación del buque y se obtendrá de forma gratuita a través del portal institucional de la la Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos (DIRNEA), como Autoridad Marítima Nacional, dependiente de la Comandancia General de Marina. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº 29 - Normas para marcar el número de identificación en los buques. Legislación | Ecuador | 2006 Palabra clave: Embarcación de pesca, Marcado/identificación, Registro Fuente: FAO, FAOLEX