Resolución Nº 288-2011-PRODUCE ─ Prohíbe la extracción, comercialización y procesamiento del recurso pulpo en todo el litoral. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 12 de octubre de 2011. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Moluscos Talla Temporadas Comercio interior Transporte/depósito Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución prohíbe la extracción, transporte, comercialización, almacenamiento y procesamiento del recurso pulpo (Octopus mimus) en todo el litoral peruano por un período de tres meses. Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 483-2009-PRODUCE ─ Prohíbe la extracción y comercialización del recurso pulpo en área que indica. Legislación | Perú | 2009 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Talla, Temporadas, Comercio interior, Transporte/depósito, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Resolución Nº 396-2011-PRODUCE ─ Deja sin efecto la Resolución Nº 288-2011-PRODUCE, que prohíbe la extracción, comercialización y procesamiento del recurso pulpo en todo el litoral. Legislación | Perú | 2011 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Talla, Temporadas, Comercio interior, Transporte/depósito, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX