Resolución Nº 2.878 - Regula reconocimiento de centros de producción para exportar material de propagación de especies vegetales a Chile. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos Palabra clave Materiales de propagación/semillas Comercio internacional Cuarentena Protección vegetal Producción vegetal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece un sistema voluntario de verificación y evaluación en origen de los procesos y controles destinados a dar cumplimiento a los requisitos fitosanitarios que exige Chile para autorizar el ingreso de material de propagación vegetativa. En consecuencia, las estaciones cuarentenarias, bancos de germoplasma, centros repositorio, viveros de plantas y laboratorios de producción de material in vitro que estén bajo el control de la autoridad fitosanitaria del país exportador, pueden solicitar al Servicio Agrícola y Ganadero su inscripción para ingresar al proceso de reconocimiento. Una vez otorgado el reconocimiento, las especies autorizadas podrán ingresar al país sometiéndose a un régimen simplificado de cuarentena de post entrada o quedar liberadas de este proceso, según corresponda. Texto completo Español