Resolución Nº 2.866 - Requisitos de internación de semillas para uso forrajero o cesped procedentes de Nueva Zelandia. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 28 de noviembre de 2001. Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Cultivos/praderas Materiales de propagación/semillas Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Plagas/enfermedades Producción vegetal Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución complementa la que autoriza la internación al país de especies de semillas para uso forrajero o césped, para las especies procedentes de Nueva Zelandia, especificando los requisitos fitosanitarios que deberán cumplir. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 1.377 - Requisitos de internación de semillas para uso forrajero o cesped. Legislación | Chile | 2000 Palabra clave: Protección vegetal, Cultivos/praderas, Materiales de propagación/semillas, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Plagas/enfermedades, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX Revoca Resolución Nº 1.228 - Requisitos de internación de semillas para uso forrajero o cesped procedentes de Nueva Zelandia. Legislación | Chile | 2001 Palabra clave: Protección vegetal, Cultivos/praderas, Materiales de propagación/semillas, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Plagas/enfermedades, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Resolución Nº 597 - Modifica la Resolución Nº 2.866, sobre requisitos de internación de semillas para uso forrajero o cesped procedentes de Nueva Zelandia. Legislación | Chile | 2002 Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Cultivos/praderas, Materiales de propagación/semillas, Comercio internacional, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX