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Resolución Nº 281-23 - Se establece una veda en todo el territorio nacional, por un período de dos años, para la captura, pesca y comercialización de las familias de peces herbívoros arrecifales que se indica.

País/Territorio
República Dominicana
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2023
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Pesca
Palabra clave
Manejo y conservación pesquera Restricciones para el uso Temporadas Principio de cautela Uso sostenible Coral Infracciones/sanciones Protecíon de las especies Pesca marítima Animales acuáticos
Área geográphica
Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo
Resumen

El presente Decreto establece una veda en todo el territorio nacional, por un período de dos años, para la captura, pesca y comercialización de las familias de peces herbívoros arrecifales que se señalan en el articulo 1º. El periodo de veda va desde el 2 de julio de 2023 al 2 de julio de 2025. Queda prohibido el uso de compresores de buceo, equipos, maquinarias y cualquier artefacto, sea industrial, artesanal, eléctrico, de combustible o mecánico que sirva como bomba de aire para la práctica de buceo o submarino con el objeto de pescar o capturar las especies acuáticas puestas en veda por el presente decreto.

Texto completo
Español