Resolución Nº 278 - Prohíbe la importación de cerdos vivos y sus productos y subproductos procedentes de Ucrania, Italia, Polonia, Rusia y Belarrús. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 278, 12 de agosto de 2015. Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Higiene/procedimientos sanitarios Porcinos Plagas/enfermedades Comercio internacional Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución prohíbe el ingreso de animales vivos (cerdos), sus productos y subproductos procedentes de Ucrania, Italia, Polonia, Rusia y Belarrús, por ser susceptibles de transmitir el virus causante de Peste Porcina Africana. Esta prohibición se aplicará a todos los países que vayan presentando notificaciones ante la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) de la existencia de dicha enfermedad. Texto completo Español Página web www.registroficial-gov-ec Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 174 - Prohíbe el ingreso de porcinos vivos y productos considerados de riesgo para la transmisión del virus causante de la Peste Porcina Africana desde países, zonas o regiones afectados por esta patología. Legislación | Ecuador | 2016 Palabra clave: Sanidad animal, Higiene/procedimientos sanitarios, Porcinos, Plagas/enfermedades, Comercio internacional Fuente: FAO, FAOLEX