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Resolución Nº 278 - Prohíbe la importación de cerdos vivos y sus productos y subproductos procedentes de Ucrania, Italia, Polonia, Rusia y Belarrús.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2015
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 278, 12 de agosto de 2015.
Materia
Ganado
Palabra clave
Sanidad animal Higiene/procedimientos sanitarios Porcinos Plagas/enfermedades Comercio internacional
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución prohíbe el ingreso de animales vivos (cerdos), sus productos y subproductos procedentes de Ucrania, Italia, Polonia, Rusia y Belarrús, por ser susceptibles de transmitir el virus causante de Peste Porcina Africana. Esta prohibición se aplicará a todos los países que vayan presentando notificaciones ante la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) de la existencia de dicha enfermedad.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial-gov-ec

Referencias - Legislación

Revocado por

Resolución Nº 174 - Prohíbe el ingreso de porcinos vivos y productos considerados de riesgo para la transmisión del virus causante de la Peste Porcina Africana desde países, zonas o regiones afectados por esta patología.

Legislación | Ecuador | 2016

Palabra clave: Sanidad animal, Higiene/procedimientos sanitarios, Porcinos, Plagas/enfermedades, Comercio internacional

Fuente: FAO, FAOLEX