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Resolución Nº 250-2018-PRODUCE ─ Establece período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico chita en el litoral peruano.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 9 de junio de 2018.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Temporadas Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico chita (Anisotremus scapularis) en el litoral peruano, para cada año, en el período comprendido del 1º de diciembre al 31 de diciembre. Dicho período puede modificarse, si el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), evidencia cambios en el patrón de maduración del referido recurso, para lo cual deberá remitir al Ministerio de la Producción las recomendaciones con las medidas correspondientes.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe