Resolución Nº 250-2018-PRODUCE ─ Establece período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico chita en el litoral peruano. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2018 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 9 de junio de 2018. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico chita (Anisotremus scapularis) en el litoral peruano, para cada año, en el período comprendido del 1º de diciembre al 31 de diciembre. Dicho período puede modificarse, si el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), evidencia cambios en el patrón de maduración del referido recurso, para lo cual deberá remitir al Ministerio de la Producción las recomendaciones con las medidas correspondientes. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe