Resolución Nº 248/99/PE - Precisa alcance del Decreto Supremo Nº 009/99/PE. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6996, 19 de agosto de 1999, págs. 177025 y 177026. Materia Pesca Palabra clave Crustáceos Enfermedades de los peces Comercio internacional Sanidad animal Animales acuáticos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La Resolución, que consta de 5 articulos, precisa que la importación de organismos o productos mencionados en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 009-99-PE, se refiere a países o regiones que se encuentren libres de los virus de la Mancha blanca (WSSV) y de la Cabeza amarilla (YHV). Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Supremo Nº 009/99/PE - Suspende importación de diversos especímenes y productos procedentes de países en que se haya comprobado presencia de los virus Mancha blanca y Cabeza amarilla. Legislación | Perú | 1999 Palabra clave: Comercio internacional, Crustáceos, Marinocultura, Animales acuáticos Fuente: FAO, FAOLEX