Resolución Nº 2.444 - Normas sanitarias mínimas para la operación de basurales. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1980 Fuente FAO, FAOLEX Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Eliminación de desechos Gestión de desechos Autorización/permiso Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución tiene por objeto las normas mínimas a aplicar en lo que se refiere a la operación de basurales. Ningún basural podrá funcionar sin previa autorización sanitaria, la cual será otorgada por el Servicio Nacional de Salud a condición de que el recinto del basural cumpla con los requisitos establecidos por esta Resolución. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Decreto Nº 189 - Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios. Legislación | Chile | 2005 Palabra clave: Biocombustible, Planificación ambiental, EIA, Control de la contaminación, Salud pública, Política/planificación, Gestión de desechos, Residuos domésticos, Residuos sólidos, Eliminación de desechos, Cuestiones de procedimiento, Residuos peligrosos, Efluente de aguas residuales/vertido, Reciclado/reutilización, Contaminación de las aguas dulces Fuente: FAO, FAOLEX