Resolución Nº 2.422 - Medidas para el cumplimiento de la veda del bagre rayado o pintado en la cuenca del Magdalena. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca continental Peces de agua dulce Temporadas Aparejos de pesca/métodos de pesca Pesca artesanal Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución reglamenta el Acuerdo Nº 9 del 8 de marzo de 1996, que modificó la época de la veda del bagre rayado o pintado (Pseudoplatystoma fasciatum), en dos períodos: el primero entre el 1º de mayo y el 30 de mayo y el segundo del 15 de septiembre y el 15 de octubre de cada año en la cuenca del Magdalena. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 57 - Veda temporal de pesca del bagre pintado o rayado en las cuencas de los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge. Legislación | Colombia | 1987 Palabra clave: Pesca continental, Peces de agua dulce, Temporadas, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX