Resolución Nº 232/01 - Regula el uso del fuego para la quema de los campos de pastoreo, los incendios forestales y otras providencias. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques, Tierra y suelos, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Incendios forestales Conservación de suelos/mejoramiento de suelos Zona protegida Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Resolución prohíbe el uso intencional del fuego como elemento de manejo ecológico de los campos, cerrados u otro tipo de formación de sabana, adaptados a la ocurrencia de incendios periódicos, en el período de escasez de lluvias (meses de junio, julio y agosto). Fuera de dicho período, su utilización está restringida al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 422/73 (la cual ha sido reemplazada por la Ley Nº 542/93 - Ley de los recursos forestales). El artículo 6º prohíbe la quema de manejo en las áreas boscosas de las Unidades de Conservación pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, a no ser que se cuente con expresa autorización de la Secretaría del Ambiente. Texto completo Español Página web www.idea.org.py