Resolución Nº 23 - Requisitos sanitarios para la internación de capibaras para crianza. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 28 de enero de 2000. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Caza/captura Roedores Cría en ranchos/cría en cautividad Higiene/procedimientos sanitarios Plagas/enfermedades Comercio internacional Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución dispone que las capibaras que se importen al país deben venir amparadas por un certificado oficial otorgado por la autoridad sanitaria competente del país de origen, que estipule la especie animal, el establecimiento de procedencia, el número e identificación de los animales (raza, sexo, edad, marcas y señales), el consignatario y la identificación del medio de transporte. Texto completo Español