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Resolución Nº 2.295 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente de países con Fiebre Aftosa.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial, 16 de septiembre de 2000.
Materia
Alimentación y nutrición, Ganado
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Carne Procesamiento/manipulación Comercio internacional Sanidad animal Plagas/enfermedades Bovinos
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece que las partidas de carne que se importen a Chile desde países con Fiebre Aftosa deben cumplir con el máximo de 3 por ciento de grasa de cobertura, y autorizas sólo el ingreso, desde tales países, de carne bovina desosada en cortes, excluyendo la carne picada, la carne molida y las hamburguesas.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Revocado por

Resolución Nº 579 - Medidas adicionales preventivas a las importaciones de carne bovina desosada provenientes de países con Fiebre Aftosa.

Legislación | Chile | 2001

Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Carne, Procesamiento/manipulación, Comercio internacional, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Bovinos

Fuente: FAO, FAOLEX