Resolución Nº 2.295 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente de países con Fiebre Aftosa. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial, 16 de septiembre de 2000. Materia Alimentación y nutrición, Ganado Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Carne Procesamiento/manipulación Comercio internacional Sanidad animal Plagas/enfermedades Bovinos Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece que las partidas de carne que se importen a Chile desde países con Fiebre Aftosa deben cumplir con el máximo de 3 por ciento de grasa de cobertura, y autorizas sólo el ingreso, desde tales países, de carne bovina desosada en cortes, excluyendo la carne picada, la carne molida y las hamburguesas. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 579 - Medidas adicionales preventivas a las importaciones de carne bovina desosada provenientes de países con Fiebre Aftosa. Legislación | Chile | 2001 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Carne, Procesamiento/manipulación, Comercio internacional, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Bovinos Fuente: FAO, FAOLEX