Resolución Nº 221/95/PE - Disposiciones referidas a los límites permisibles para la actividad pesquera de consumo humano indirecto. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1995 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 9 de mayo de 1995, pág. 131595. Materia Mar, Medio ambiente gen. Palabra clave Contaminación marina Control de la contaminación Efluente de aguas residuales/vertido Eliminación de desechos Residuos no domésticos Desechos orgánicos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución, que consta de 3 artículos, dispone que las empresas dedicadas a la actividad pesquera de consumo humano indirecto que utilicen emisarios submarinos, deberán instalar equipos de recuperación de la carga orgánica acorde al volumen de los residuales generados, previa a dicha emisión. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Resolución Nº 478/94/PE - Límites permisibles de emisión de desechos al medio ambiente marino para la actividad pesquera de consumo humano indirecto. Legislación | Perú | 1994 Palabra clave: Contaminación marina, Control de la contaminación, Efluente de aguas residuales/vertido, Eliminación de desechos, Residuos no domésticos, Desechos orgánicos, Contaminación de las aguas dulces Fuente: FAO, FAOLEX