Resolución Nº 219/014 - Definición de Productor Familiar. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural Palabra clave Agricultura familiar Pequeños agricultores/campesinos Explotación agrícola Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Esta Resolución tiene por objeto proporcionar la definición de productor familiar agropecuario. Se entiende por tal a toda persona física que con o sin la ayuda de otros gestiona directamente una explotación agropecuaria o realiza una actividad productiva agraria que no requiere uso directo de la tierra. La Resolución indica ulteriores requisitos que deben ser cumplidos por el porductor y su familia (límites en la contratación de mano de obra asalariada, extensión máxima de la explotación, lugar de residencia, ingresos anuales). El fin de la definición es esclarecer las figuras de pequeños productores que deberían ser objeto de las políticas diferencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Resolución Nº 387/014 - Ajusta definición de Productor Familiar. Legislación | Uruguay | 2014 Palabra clave: Agricultura familiar, Pequeños agricultores/campesinos, Apicultura/sericultura, Explotación agrícola Fuente: FAO, FAOLEX