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Resolución Nº 219/014 - Definición de Productor Familiar.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2014
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Agricultura familiar Pequeños agricultores/campesinos Explotación agrícola
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Esta Resolución tiene por objeto proporcionar la definición de productor familiar agropecuario. Se entiende por tal a toda persona física que con o sin la ayuda de otros gestiona directamente una explotación agropecuaria o realiza una actividad productiva agraria que no requiere uso directo de la tierra. La Resolución indica ulteriores requisitos que deben ser cumplidos por el porductor y su familia (límites en la contratación de mano de obra asalariada, extensión máxima de la explotación, lugar de residencia, ingresos anuales). El fin de la definición es esclarecer las figuras de pequeños productores que deberían ser objeto de las políticas diferencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Resolución Nº 387/014 - Ajusta definición de Productor Familiar.

Legislación | Uruguay | 2014

Palabra clave: Agricultura familiar, Pequeños agricultores/campesinos, Apicultura/sericultura, Explotación agrícola

Fuente: FAO, FAOLEX